Conforme la ley de Copropiedad, la obligación de pago de los gastos comunes recae en el dueño de la propiedad, incluso respecto de aquellos devengados antes de la adquisición o compra del inmueble.
BLOG
Al momento de calcular los gastos mensuales de la comunidad la administración considerará la suma de diversos egresos que la ley ha clasificado, conforme el art. 2 de la ley de Copropiedad, en gastos ordinarios y gastos extraordinarios. Entre los gastos comunes ordinarios se encuentran: a) De administración que corresponden a remuneraciones...


